DEMENAs

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Los Dispositivos de Emergencias para Menores Extranjeros No Acompañados (DEMENAs), como parte integrante del Sistema de Protección de Menores, tienen por objeto proteger al menor y procurar su bienestar tras la aplicación de una medida de protección. Son recursos alojativos de emergencia generados a raíz de la llegada masiva de cayucos y pateras a las costas canarias y cuya competencia y supervisión ha sido asumida de forma directa por parte de la DGPIF. 

 

Según la página oficial de la Dirección General de la Policía de España, la definición de MENA sería la de extranjero menor de dieciocho años que sea nacional de un Estado al que no le sea aplicable el régimen de la Unión Europea que llegue a territorio español sin un adulto responsable de él, sea legal o de acuerdo con la costumbre, apreciando riesgo de desprotección del menor, así como cualquier menor extranjero que una vez en España se encuentre en esa situación, de acuerdo con el artículo 189 del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011). 

 

Los Dispositivos de Emergencia para Menores Extranjeros No Acompañados (DEMENAs) que gestionamos son:


  • DEMENA ARECA (Tenerife).
  • DEMENA LA CAÑADA (Tenerife).
  • DEMENA LA VILLA (Tenerife).
  • DEMENA LA VILLA II (Tenerife).
  • DEMENA LA VILLA III (Tenerife).
  • DEMENA LA VILLA IV (Tenerife).
  • DEMENA GÜIMAR (Tenerife).
  • DEMENA GÜIMAR II (Tenerife).
  • DEMENA IGUESTE (Tenerife).
  • DEMENA LAS GALLETAS (Tenerife).
  • DEMENA LAS GALLETAS II (Tenerife).
  • DEMENA LAS GALLETAS III (Tenerife).
  • DEMENA LOS REALEJOS (Tenerife).
  • DEMENA SANTA CRUZ II (Tenerife).
  • DEMANA SANTA CRUZ III (Tenerife).
  • DEMENA LA GOMERA (La Gomera).
  • DEMENA LOS PINOS I (Gran Canaria).
  • DEMENA LOS PINOS II (Gran Canaria).
  • DEMENA LOS PINOS III (Gran Canaria).